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CIDH: en Perú hubo violaciones y ejecuciones



La Comisión Interamericana de Derechos Humanos indicó el miércoles en un informe que el Ejército y la policía peruana habrían cometido masacres, ejecuciones extrajudiciales, graves violaciones de los derechos humanos, así como un uso desproporcionado y letal de la fuerza durante las protestas que exigían la renuncia de la presidenta Dina Boluarte y de los miembros del Congreso.


El informe de la CIDH señaló que estas violaciones ocurrieron en varias zonas de Perú, pero enfocó su investigación en las ciudades de Ayacucho y Juliaca, donde se produjeron la mayor cantidad de muertos durante las manifestaciones ocurridas entre diciembre y febrero.

La CIDH aseveró que el 15 de diciembre en la ciudad de Ayacucho al ser “perpetradas por agentes del Estado, las muertes podrían constituir ejecuciones extrajudiciales. Además, al tratarse de múltiples privaciones del derecho a la vida, dadas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, podrían calificarse como una masacre”.


Asimismo el órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que protege los derechos humanos indicó que el 9 de enero en la ciudad de Juliaca murieron 18 civiles -incluidos manifestantes, un médico brigadista y una adolescente transeúnte- “en circunstancias que podrían ser caracterizadas como una masacre”. “Todos murieron a causa de disparos de balas, perdigones y objetos contundentes que impactaron en la cabeza, cara, ojos, tórax y/o abdomen de las víctimas”.


La CIDH destacó que las protestas “han sido protagonizadas, en su mayoría, por pueblos indígenas y comunidades campesinas”, principalmente del sur, teniendo su epicentro inicial en Apurímac, Ayacucho, Puno y Arequipa; regiones en las que se han registrado el mayor número de víctimas.


La CIDH pidió que las graves violaciones reportadas en su informe sean investigadas diligentemente por fiscalías especializadas en derechos humanos. También señalo que deben ser juzgadas por jueces independientes, competentes e imparciales dentro de un plazo razonable y con observancia de las garantías del debido proceso.


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